miércoles, 5 de noviembre de 2008

CONCURSO DE TRASLADOS. LISTADO DEFINITIVO.

Por fin después de siete meses se hace publico el listado definitivo del concurso de traslados anunciado por el Ministerio de Justicia por ORDEN JUS/926/2008, de 15 de marzo, publicado en el BOE nº 82 de fecha 4 de abril de 2008.

Se mantiene para la publicación de los últimos listados definitivos (teniendo en cuenta que en la última semana ha habido dos modificaciones de listados) pertenecientes a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial para su publicación en el BOE del día 15 de noviembre de 2008, manteniéndose así mismo las fechas de cese para el Cuerpo de Gestión PA, y Auxilio para el próximo día 18 de noviembre, y para el Cuerpo de Tramitación PA el día 24 del mismo mes.

Las tomas de posesión se deberán de realizar dentro de los siguientes plazos:

Tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad.
Ocho días naturales siguientes, si hay cambio de localidad dentro de la misma Comunidad Autonóma.
Veinte días naturales siguientes, si el destino implica cambio de Comunidad Autónoma.
Estos plazos se exceptuan respecto de las Comunidad Autónoma de Canarias, Illes Balears, Ceuta y Melilla, cuyo plazo será de un mes.

Esperemos que en un futuro los próximos concursos se puedan resolver con la misma celeridad que los correspondientes a los concursos de Jueces, Magistrados y Secretarios.

miércoles, 17 de septiembre de 2008

CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES EN EL AMBITO DE CASTILLA Y LEON PARA EL AÑO 2009

El pasado día 17 de septiembre de 2008, fue publicado en el B.O. C. y L. el nuevo calendario de fiestas laborales para el año 2009 en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, oídas las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de septiembre de 2008.

DISPONE:

Artículo único.– Fiestas Laborales.

1.– Las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009 serán las siguientes:

– 1 de enero, Año Nuevo.
– 6 de enero, Epifanía del Señor.
– 19 de marzo, San José.
– 9 de abril, Jueves Santo.
– 10 de abril, Viernes Santo.
– 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
– 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
– 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
– 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
– 1 de noviembre, trasladada al 2 de noviembre, Todos los Santos.
– 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
– 25 de diciembre, Natividad del Señor.

2.– Tales fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que habrán de determinarse para cada municipio por la autoridad laboral competente.

lunes, 26 de mayo de 2008

REAL DECRETO 861/08 SOBRE MODIFICACION DEL IRPF

LA PAGA DE 400 €

Durante la pasada campaña electoral, prometieron una paga de 400 € para los trabajadores y autónomos. Celebradas las elecciones y un mes más tarde, la Jefatura del Estado aprueba el Real Decreto-Ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas fiscales en la normativa reguladora del IRPF, publicado en el BOE del 22 de abril que incluye, entre otras, la medida referente a los 400 €;

El Real Decreto 861/2008 que modifica el Impuesto de la Renta de las Persona Físicas a efectos de las retenciones se ha publicado en el BOE del 24 de mayo, y en su disposición final dispone que entrará en vigor el próximo día 1 de junio.

En relación a esta medida interesa destacar los siguientes aspectos:

a) No tiene incidencia alguna en la campaña de Renta 2007.

b) Tiene el carácter de deducción de la cuota líquida del impuesto sólo para aquéllos que perciben rentas del trabajo o de actividades económicas. (incluido pensionistas).

c) El abono de los 400 € se efectúa mediante un ajuste de retenciones del trabajo
soportadas en 2008 o de pagos fraccionados de actividades realizados en 2008 por lo que sólo afecta a aquellos que tengan saldo suficiente al efecto. En ningún caso tiene el carácter de impuesto negativo.

d) La recuperación se efectúa de la siguiente forma:

d.1) Trabajadores:

_ Nómina mes de junio: deducción de 200 € como máximo, en las retenciones
soportadas;

_ Nóminas de julio a diciembre: la recuperación del resto hasta llegar a 400 €

(Se efectúa vía bajada del tipo de retención que ahora, a los exclusivos efectos de tener en cuenta este ajuste, admite hasta dos decimales.)

Hay que tener en cuenta las siguientes excepciones:

PRIMERO: Aquellos trabajadores que no tengan retenciones superiores a los 400 euros en el año, el importe máximo sólo se extiende hasta la cantidad retenida.

SEGUNDO: Aquellos que en la nómina del mes de junio no alcance los 200 €, sólo podrán recuperar en ese mes el importe máximo que le correspondiese retener en la mensualidad, y el resto hasta los 400 euros repartidos en las nóminas del período de julio a diciembre.

miércoles, 21 de mayo de 2008

ERROR DEL MINISTERIO NOMINA DE MAYO

ERROR DEL MINISTERIO EN LA NÓMINA DE MAYO.

jueves, 15 de mayo de 2008

DESCUENTOS HUELGA

DESCUENTOS HUELGA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Os informamos que según informaciones del Ministerio, los descuentos pendientes relativos a la huelga indefinida mantenida por los funcionarios de justicia, pata negra, serán de la forma que a continuación se expone:

NOMINA DE MAYO: 4 DIAS

NÓMINA DE JUNIO: 6 DÍAS

en esta nómina se abona la paga extra con la incorporación del 2 % de la masa salarial en el complemento específico, 1 % del año 2007



NÓMINA DE JULIO: 4 DÍAS

en ésta nómina se empiezan a percibir la cantidad de 160 euros del acuerdo.

NÓMINA DE AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE: 3 DIAS

en el mes de Octubre se abonarían las cantidades correspondientes a los PAC -Planes de Actuación-

NÓMINA DE DICIEMBRE: 5 DÍAS

El Ministerio de Justicia pudiera no descontar nada en la nómina del mes de septiembre, en ese caso, los tres días correspondientes a ese mes, según la tabla anterior, los distribuirían uno adicional cada uno de los meses de agosto, octubre y noviembre.
* Como hemos venido informando, el cálculo del 2 % de la masa salarial para las pagas 2008 se realiza como sigue: tomando la cantidad abonada en 2007 multiplicada por el 2% del IPC previsto para 2008 y a la cantidad resultante se le multiplica por dos. Se debía ya haber publicado en el BOE y no se ha realizado. En el Ministerio de Justicia nadie sabe si finalmente se va a publicar antes de finales de junio. Nos da la impresión de que no, aunque es obligatorio. Hemos reclamado que se haga.

Por último los esquiroles/as insolidarios, no teneís que hacer ningún cálculo, puesto que no os descontarán nada; eso sí, percibiréis las cantidades que vuestros compañeros; con el esfuerzo y sacrificio durante estos dos meses han conseguido, también para vosotros. Que lo disfruten.¡¡¡

martes, 13 de mayo de 2008

lunes, 12 de mayo de 2008

CELEBRACION 25 ABRIL DE 2008















Aqui os dejo algunos momentos del pasado día 25 de abril, lástima que algunos se lo perdieran....

miércoles, 7 de mayo de 2008

martes, 6 de mayo de 2008

MODIFICACIONES A LOS PLANES DE ACTUACION


MODIFICACIONES EN PALENCIA


En Palencia conforme a las alegaciones realizadas respecto a los planes de actuación, en los mismos se han incorporado al Tramo 1 los siguientes Juzgados:


JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA E INTRUCCION Nº 1 DE CARRION DE LOS CONDES.


Todavía no es el 100 por 100 de las alegaciones realizadas, seguiremos informando.